Desde el próximo año, los habitantes del país deberán hacer una separación primaria de la basura en orgánica e inorgánica.
El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) ha intensificado la divulgación de la Ley, por medio de diversos programas y proyectos.
El Reglamento 164-2021, que gestiona, de manera integral, los residuos y desechos sólidos, normativa que ha sido divulgada por autoridades a los 340 alcaldes del país, ya que establece que todos los habitantes del territorio guatemalteco, desde sus hogares, comercios, oficinas, empresas, mercados e industrias, deben hacer una separación primaria de la basura en orgánica e inorgánica, desde agosto de 2021, y secundaria, a partir de agosto de 2023.
El fin principal del 164-2021 es dar atención al origen de la producción de desechos, regular su recolección, traslado, tratamiento y disposición final.
Además de promover el reciclaje, reutilización de materiales y la economía circular, entre otras acciones para contrarrestar la contaminación y proteger el medioambiente.
RESPONSABILIDAD
El Código Municipal, en su artículo 68, establece entre las competencias propias de cada municipio el formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final.
Además, el Código de Salud, en el artículo 102 determina las responsabilidades de las municipalidades, una de ellas es que les corresponde “la prestación de los servicios de limpieza o recolección, tratamiento y disposición de los desechos sólidos de acuerdo con las leyes específicas y en cumplimiento de las normas sanitarias aplicables”.
El Ministerio de Ambiente asesora, acompaña y brinda asistencia a los gobiernos locales para la elaboración de planes y guías que les permitan cumplir sus obligaciones relacionadas a la correcta gestión de los desechos.